PERMISOS
CICLOMOTOR AM
Hasta 49CC
15 años (18 años para transportar pasajeros)
- Ciclomotores de dos o tres ruedas
- Cuadriciclos ligeros
MOTOCICLETA A1
125CC
16 años
- Una cilindrada máxima de 125 c.c
- Una potencia máxima de 11 kW. = 14,96 cv
- Una relación potencia/peso máxima 0,1 kW/kg
- Triciclos de motor cuya potencia máxima no exceda de 15 kW
- Ciclomotores de dos y tres ruedas
- Cuadriciclos ligeros y vehículos para personas de movilidad reducida
MOTOCICLETA A2
250CC
18 años
- Motocicletas con una potencia máxima de 35 kW = 47,2 cv y una relación potencia/peso máxima de 0.2 kW/kg y no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia
- Todos los vehículos que autorizan a conducir los permisos AM y A1
- Vehículos para personas de movilidad reducida
MOTOCICLETA A
Gran cilindrada
20 años
- Motocicletas con o sin sidecar
- Triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 Kw
- Todos los vehículos que autorizan a conducir los permisos AM, A1 y A2
- Vehículos para personas de movilidad reducida
- No es necesario hacer examen. Hay que realizar un curso oficial de formación específico para motos de grandes cilindradas cuya asistencia es obligatoria.
Tiene una duración de 9 horas con las siguientes partes:
- 3 horas de clases teóricas
- 4 horas de clases prácticas en un circuito cerrado
- 2 horas de clases prácticas en vías abiertas al tráficoMotocicletas con o sin sidecar
- Ser titular de un permiso en vigor de la clase A2 con, al menos, dos años de antigüedad
CARNET B
18 años
- Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor
- Estos automóviles podrán arrastrar un remolque ligero (MMA hasta 750 kg)
- También pueden arrastrar un remolque no ligero (MMA superior a 750 kg ) siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg
- Ciclomotores y vehículos para personas con movilidad reducida
- Triciclos y cuadriciclos de motor
- Cualquier vehículo especial y conjunto de los mismos:
- Agrícolas, con un máximo de nueve personas transportadas incluido el conductor
- No agrícolas, cuya velocidad máxima autorizada no exceda de 40 km/h y su masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg